El pago de utilidades 2026 se aproxima y afecta a los trabajadores del sector privado que estuvieron en planilla durante 2025. Este beneficio laboral consiste en un porcentaje de las ganancias obtenidas por las empresas, y se debe abonar entre el 25 de abril y el 13 de mayo de 2026. Sin embargo, no aplica para el sector público, organizaciones sin fines de lucro, microempresas, ni empresas con menos de 20 trabajadores en planilla.
Las empresas deben cumplir con el pago dentro de los 30 días calendario posteriores a la presentación de su Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta ante la Sunat. Para 2026, la fecha límite de esta declaración es el 13 de abril, lo que implica que el reparto de utilidades debe completarse a más tardar el 13 de mayo. De no cumplir, los trabajadores pueden exigir el pago de intereses por el retraso y la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) podría imponer sanciones.
Todos los trabajadores en planilla, independientemente de su tipo de contrato, tienen derecho a recibir utilidades. Sin embargo, quedan excluidos los practicantes y quienes emiten recibos por honorarios. El monto a distribuir varía según el sector económico, con porcentajes que oscilan entre el 5% y 10% de las ganancias, y se reparte en función de los días trabajados y la remuneración total del empleado.


